Programa municipal extraordinario para suministros mínimos vitales y prestaciones de urgencia 2015

Abierto el plazo de presentación de solicitudes hasta fin de presupuesto

El objeto de las presentes bases es regular el acceso de los ciudadanos de la localidad de Bujlalance a las ayudas para suministros mínimos vitales y prestaciones de urgencia social, que serán gestionadas por el Ayuntamiento para solventar, en la medida de lo posible, situaciones de necesidad y cobertura de contingencias extraordinarias de necesidades básicas de subsistencia, por razones sobrevenidas como la falta continuada de recursos, de aquellas personas o unidades familiares que no puedan hacer frente a gastos específicos, reguladas del artículo 28 al 45 del Decreto – Ley 8/2014, de 10 de junio de medidas extraordinarias y urgentes para la inclusión social a través del empleo y el fomento de la solidaridad en Andalucía y Orden de 20 de marzo de 2015.

La naturaleza de las ayudas incluidas en este programa municipal pueden definirse como:

  1. Ayudas para suministros mínimos vitales: Gastos derivados de consumo de energía eléctrica que se generen a partir de no poder hacer frente a la tarifa contratada o bono social para el suministro eléctrico, así como los gastos derivados del suministro de agua, alcantarillado y basura que se generen a partir de no poder hacer frente a la tarifa contratada, con bonificaciones o no, que cada suministrador local disponga para el suministro de estos servicios.
  2. Otras prestaciones de urgencia social: Aquellos gastos necesarios para el disfrute y mantenimiento de la vivienda o alojamiento habitual ( gastos de alquiler, siempre que su impago redunde en un desalojo y alojamiento en situaciones de necesidad en albergues o en establecimientos de hostelería; Gastos de reparaciones urgentes y básicas de la vivienda.

Las solicitudes de ayuda podrán ser presentadas desde el día 30 de noviembre de 2015 hasta fin de presupuesto. La cuantía máxima que se podrá solicitar será de 200 € por unidad familiar.